Inicio Código Civil Libro Primero Título XXXIII TÍTULO XXXIII:DE LAS INCAPACIDADES Y EXCUSAS PARA LA TUTELA O CURADURÍA ARTÍCULO 585. PROHIBICIONES Y EXCUSAS PARA SER GUARDADOR. Artículo derogado por el artículo 119 de la Ley 1306 de 2009 ← Anterior Índice Siguiente →